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ASAMBLEA GENERAL

 

Es el Órgano Supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los socios con derecho a voto, conforme previenen estos Estatutos, correspondiéndole definirse en última instancia sobre cuántos asuntos afecten al funcionamiento de la Asociación Club De Campo.

La Asamblea General puede reunirse en sesión ordinaria o extraordinaria. Ambas quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria, cuando concurran a ella, la mitad más uno de los socios con derecho a voto. En segunda convocatoria con cualquiera que sea el número de socios presentes con derecho a voto, se celebrará con un espacio de tiempo entre ambas de veinticuatro horas.

 

COMPETENCIAS DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL

 

Es competencia de la Asamblea General Ordinaria Anual:

1.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior.

2.- Examinar y aprobar el Balance y Cuentas de Pérdidas y Ganancias, la Memoria sobre ejecución del presupuesto anterior y el Presupuesto Ordinario del Ejercicio, confeccionado por la Junta Directiva, informado todo ello por la Comisión Revisora de Cuentas.

3.- Fijar el número Socios Numerarios que puedan ser admitidos durante el año, así como el valor del correspondiente título de participación.

4.- Aprobar las cuotas de socios ordinarias en alta y en baja temporal, la cuantía de las multas, el porcentaje de bonificación para las cuotas de los hijos de socios que soliciten el derecho de adquirir la condición de socios Numerarios o Aspirantes a Numerarios, según establece el art.12 de estos Estatutos, la fórmula de pago aplazado del Titulo de Participación, para los hijos de socios, Numerarios, y Supernumerarios, según establece el art. 9 de estos Estatutos.

5.- Cualquier otra competencia que le venga atribuida expresamente.

 

COMPETENCIAS DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

 

Es competencia de la Asamblea General en sesión Extraordinaria:

1.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior.

2.- La modificación total o parcial de los presentes Estatutos.

3.- La ratificación de las Normas de Régimen Interior y sus modificaciones.

4.- La aprobación de actos de disposición sobre los bienes del Club.

5.- El nombramiento y la renovación de los miembros de la Junta Directiva, Comisión Revisora de Cuentas y Comisión Consultiva.

6.- Remoción de los miembros de la Junta Directiva.

7.- Conocimiento de los recursos de expulsión de socios o sanciones disciplinarias.

8.- Aprobación de presupuestos extraordinarios a propuesta de la Junta Directiva.

9.- Disolución de la Asociación.

10.- Aprobación del cambio de domicilio.

11.- Todos aquellos asuntos que la Junta Directiva estime necesario someter a la Asamblea General por propia iniciativa, así como los que obligatoriamente deba elevar a la misma a petición del número de socios al efecto requerido, si la competencia no está atribuida a otros órganos.

 

CONVOCATORIAS Y PUBLICIDAD DE LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS

 

La Asamblea General Ordinaria se reunirá necesariamente dentro de los primeros meses de cada año y siempre antes del 31 de Marzo. La convocatoria con la citación directa a los socios por el Presidente, será comunicada con veinte días de antelación como mínimo, mediante carta dirigida al domicilio que le conste a la Asociación.

De manera supletoria poda dirigirse la comunicación de convocatoria por algunos de los siguientes medios, sin que ello sea obligatorio para el órgano que tiene atribuidas las facultades de convocatoria:

1.- La publicación quince días antes de la celebración de la Asamblea en uno o dos periódicos de mayor difusión de la capital.

2.- La exposición en el tablón de anuncios de La Asociación CLUB DE CAMPO, de la fecha de celebración de la Asamblea, así como los programas de las diferentes candidaturas. 

3.- Su inclusión en la página WEB del Club y en general el uso de cualquiera de las nuevas tecnologías, siempre que éstas no resulten excesivamente onerosa para la tesorería del Club

 



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